El Ayuntamiento de Arroyomolinos había girado dos liquidaciones del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)-conocido como plusvalía municipal- que notificó al contribuyente aplican el método objetivo introducido tras la reforma normativa (Real Decreto-Ley 26/2021). Sin embargo, tras un análisis detallado de las transmisiones afectadas, nuestro despacho detectó que la aplicación del método directo resultaba significativamente más favorable para el contribuyente.

La situación inicial: liquidaciones emitidas mediante el método objetivo

Como es sabido, el método objetivo de cálculo se basa en el valor catastral mediante la aplicación de los coeficientes fijados por ley en función del número de años de tenencia del bien. En este caso, dicho método arrojaba una cuota a ingresar notablemente elevada, especialmente por tratarse de dos liquidaciones consecutivas derivadas de transmisiones distintas. En cambio, el método directo o real tiene en cuenta el valor de adquisición y de transmisión del inmueble en cuestión a la hora de determinar el incremento de valor o en su caso, la no sujeción.

La normativa permite al contribuyente optar por el método que resulte más beneficioso, siempre que pueda acreditarse la inexistencia o la menor cuantía del incremento real de valor. 

La actuación del despacho: análisis comparativo y prueba del incremento real

El presente caso nos llega con dos liquidaciones giradas por el Ayuntamiento mediante el método objetivo de cálculo que, en sí mismo, era correcto. Sin embargo, tras analizar las Escrituras de adquisición y de transmisión y realizar una comprobación de cuál sería el resultado si se hubiera aplicado el método directo, vimos que el resultado era bastante inferior al que resultaba del método objetivo.

Bajo este fundamento, elaboramos y presentamos un recurso de reposición frente a ambas liquidaciones, justificando jurídicamente la improcedencia del cálculo objetivo y la procedencia de aplicar el método directo.

La resolución: recurso estimado y liquidaciones corregidas

El Ayuntamiento de Arroyomolinos emitió resolución estimando íntegramente nuestro recurso de reposición, reconociendo la validez del cálculo mediante el método directo, anulando las liquidaciones giradas y procediendo a la devolución de ingresos indebidos.

Este caso demuestra que muchas liquidaciones emitidas por los ayuntamientos pueden no reflejar el verdadero incremento patrimonial, incluso aplicando la normativa vigente. La correcta elección entre método objetivo y método directo puede suponer un ahorro importante, y contar con un equipo especializado es clave para detectar estas situaciones. Por ello creemos que cuando el Ayuntamiento emita liquidaciones de plusvalía municipal, es aconsejable comprobar el resultado de ambos métodos.

Si necesita el asesoramiento de un abogado especializado en Derecho Tributario, no dude en llamarnos. Estudiaremos el expediente completo así como la viabilidad del caso y oportunidades de defensa.